El proyecto no deja de
ser ambicioso, ya que aspira, no solo a liderar las iniciativas mundiales en
torno a este tema, sino a que sea “tecnológicamente neutro” y sirva la
regulación para el presente y el futuro. Este punto, la neutralidad, parece tocar
un punto siempre en discusión y que ha despertado grandes recelos como
es el relativo a “la neutralidad de la técnica”. No es el caso. Se refiere a
que la regulación no pretende prohibir el uso (todo lo contrario) sino corregir
el abuso de la IA, especialmente en lo relativo a la vulneración de los
derechos humanos, mencionados al detalle. El primero (y esto sí que es problemático
en su concreción) cuando se trata de la “dignidad humana”, pues, yendo más
allá, enfatiza que todo el proyecto es “homo céntrico”, lo que no deja de
tener consecuencias importantes, como veremos, respecto al sujeto de las
tecnologías. Además, su intención de perdurar hace que considere a la IA como
un fenómeno actual, pero no efímero, en cuyo enfoque regulatorio deben estar
presentes los criterios técnicos, referidos a las aplicaciones, no los
esencialistas de las definiciones tradicionales. Hay dos palabras “velocidad” y
“control” que expresan la conciencia del
cambio y, al mismo tiempo, la posibilidad y necesidad de regularlo en cada
momento. Desde este punto de vista, una de las cosas más llamativas de este
proyecto para quien viene del campo de la teoría es el lenguaje empleado,
descriptivo, no universalista y de conceptos emocionales, con lo que se sabe de
qué se está hablando en cada momento. El contraste con el tecnorromántico de
las metáforas digitales es llamativo. Una y otra vez aparece la palabra “ciudadanas”
con lo que se recuerda que se está hablando de tecnologías ciudadanas. Una
novedad.
sábado, 13 de mayo de 2023
Reflexiones sobre el proyecto de normativa europea para regular el empleo de la IA (1)
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